PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA LEY LIMÓN

Contestamos las preguntas frecuentes sobre la Ley Limón de California y sus derechos como consumidor.

¿QUÉ ES LA LEY LIMON DE CALIFORNIA?

La Ley Limón de California, también conocida como Song-Beverly Consumer Warranty Act, se promulgó para proteger a los residentes de California que terminaron con vehículos defectuosos que aparentemente no pueden repararse después de una cantidad razonable de intentos de reparación.

Antes de que existieran las leyes limón, los fabricantes podían vender vehículos defectuosos y razonablemente salirse con la suya. Los consumidores con vehículos defectuosos no tenían muchas opciones. Si intentaban emprender acciones legales, los fabricantes tenían una ventaja considerable.

La Ley Limón de California nivela el campo de juego. Si su vehículo tiene defectos que no desaparecen incluso después de llevarlo a reparar a un taller de reparación autorizado o a un concesionario en California, puede presentar un reclamo de la ley limón contra el fabricante.

Sin embargo, debe haber comprado o arrendado el vehículo de un concesionario autorizado en California, y ese vehículo debe haber venido con una garantía. La garantía asegura que pueda proteger sus derechos bajo la ley limón.

¿QUÉ ES UNA GARANTIA?

Una garantía representa la promesa de un fabricante o vendedor de respaldar la calidad y el funcionamiento de un producto. A menudo, las garantías del fabricante vienen con la promesa de reparar un producto si se detectan fallas dentro de un período de tiempo determinado.

Estas reparaciones se dan sin cargo para el propietario. Sin embargo, las garantías a menudo tienen límites de tiempo. Si el vehículo tiene problemas después de que vence la garantía, el propietario del automóvil a menudo tiene que pagar la reparación de su bolsillo.

Según la Ley Limón de California, existen dos tipos de garantías:
  • Se espera que los vehículos vendidos con una “garantía implícita” sean aptos para el uso previsto. En otras palabras, se espera que los vehículos proporcionen un transporte seguro y confiable. Para vender un vehículo sin una garantía implícita, el vendedor debe declarar explícitamente que el vehículo se vende “tal cual”, lo cual es común en los vehículos usados.
  • Una “garantía expresa” es un documento escrito que describe los términos de la garantía. Indicará quién emitió la garantía, qué cubre la garantía y cuánto dura la garantía. La mayoría de los casos de la ley limón se presentan para vehículos que tenían garantías expresas.

¿SI TERMINO MI GARANTIA, ¿TODAVÍA TENGO UN CASO?

Eso depende. Su vehículo puede ser considerado un limón si tiene una disconformidad, un defecto de fabricación o múltiples defectos que afectan el uso, la seguridad o el valor del vehículo.

Si llevó el vehículo al menos a una reparación durante el período de garantía, aún puede tener un reclamo de la ley limón. Si tiene una garantía vencida y desea saber más sobre su caso, llámenos hoy al 877-217-7676 o escríbanos a través de nuestra página de contacto.

¿CÓMO CALIFICA UN AUTO PARA LA LEY LIMÓN?

La Ley Limón de California dice que su vehículo es un limón si tiene problemas recurrentes que no se han solucionado dentro de un número razonable de intentos de reparación.

Esos problemas recurrentes pueden afectar negativamente el uso, la seguridad o el valor de su vehículo.

Si cree que su vehículo es un limón, actúe ahora. Llámenos al 877-217-7676 o escríbanos cualquier duda que tenga sobre su situación. Hemos ayudado a miles de propietarios y arrendatarios de California a obtener los mejores resultados.

¿CUÁNTAS REPARACIONES NECESITO PARA PRESENTAR UN RECLAMO?

La Ley Limón de California no proporciona una cantidad específica de reparaciones que debe realizar antes de presentar un reclamo.

Todo lo que dice la ley es que debe darle al fabricante un “número razonable de intentos” antes de que su vehículo sea considerado un limón.

El número de reparaciones consideradas “razonables” dependerá de la situación. Cada caso es diferente. Si tiene preguntas sobre si tiene suficientes reparaciones para presentar un reclamo, no dude en comunicarse con nosotros.

¿QUÉ RECIBO SI GANO UN CASO DE LA LEY LIMÓN?

Las tres recompensas que puede obtener bajo la Ley Limón de California son:

  • • compensación en efectivo
  • • reemplazo del vehículo y
  • • recompra bajo la ley limón

Si gana, obtiene una compensación en efectivo, obtiene una suma de dinero y se queda con el vehículo o si tiene que reemplazar su vehículo, el fabricante toma su vehículo anterior y le entrega uno nuevo similar.

Si obtiene una recompra de la ley limón, el fabricante toma su vehículo viejo y le da un reembolso.

Para saber cómo Ayuda Ley Limón puede ayudarlo, llámenos al 877-217-7676.

¿QUÉ ES EL REEMPLAZO DEL VEHÍCULO?

Si gana su caso de la Ley Limón de California y elige reemplazar su vehículo, el fabricante recuperará su vehículo defectuoso y le dará uno nuevo.

El vehículo debe venir con las garantías implícitas y expresas que normalmente tendría el modelo del vehículo.

El fabricante tiene que cubrir las tarifas que normalmente conlleva la compra de un vehículo nuevo, como el impuesto a las ventas, las tarifas de licencia y las tarifas de registro.

Por lo general, el nuevo vehículo es “sustancialmente idéntico” al que tenía, lo que significa que será un modelo similar con un precio de compra similar. Sin embargo, el consumidor puede terminar solicitando un modelo más caro como reemplazo y, en consecuencia, pagar la diferencia de precio.

¿QUÉ ES UNA RECOMPRA BAJO LA LEY LIMÓN?

Si gana su caso de la ley limón y elige una recompra de la ley limón, el fabricante tiene que recuperar su vehículo defectuoso y reembolsarle.

La cantidad que el fabricante le reembolsa está determinada por una fórmula en la Ley Limón de California que incluirá todo el dinero pagado por el precio del vehículo, incluidos los pagos iniciales, impuestos, pagos mensuales, pagos de intereses y tarifas de registro (si se incluyeron en el contrato de venta).

Se deducirá una cantidad llamada “compensación de millaje” de la cantidad de dinero que el fabricante le reembolse.

La compensación de millaje está determinada por la cantidad de “buenas millas” que obtuvo de su vehículo. “Buenas millas” se refiere a las millas que condujo antes de que se documentara el defecto por primera vez.

¿PUEDO PRESENTAR UN RECLAMO SI TENGO UN VEHÍCULO USADO?

¡Sí! Si compró un vehículo usado con la garantía del fabricante existente y su vehículo experimentó problemas una y otra vez, puede presentar un reclamo de la Ley Limón de California.

Sin embargo, si compró su vehículo en una subasta o de un vendedor que no representa un concesionario, no será elegible para las protecciones de la Ley Limón de California.

¿PUEDO PRESENTAR UN RECLAMO SI ALQUILÉ MI VEHÍCULO?

¡Sí! Las personas que arrendaron sus vehículos pueden presentar reclamos de la ley limón. Siempre que ese vehículo alquilado haya sido adquirido de un concesionario autorizado en California, puede presentar un reclamo de la Ley Limón de California.

¿ME PROTEGE LA LEY LIMÓN SI UTILIZO MI VEHÍCULO PARA NEGOCIOS?

Eso depende. La Ley Limón de California protege principalmente a quienes usan sus vehículos para uso personal, familiar o doméstico. Sin embargo, tiene algunas protecciones para aquellos que tienen vehículos reservados para uso comercial.

Si el vehículo se usa para negocios, el vehículo no puede tener más de 10,000 libras de peso en vacío para calificar para la Ley Limón de California. Además, el propietario del vehículo puede tener, como máximo, cinco vehículos utilizados principalmente para negocios.

Si el propietario tiene seis o más vehículos utilizados para el negocio, no califican.

¿PUEDO PRESENTAR UN RECLAMO SI YA NO TENGO EL AUTO?

¡Sí! Lo que importa es que:

  • • compró o arrendó el vehículo con garantía
  • • de un concesionario autorizado en California
  • • ese vehículo tenía defectos recurrentes que lo hacen menos valioso, menos útil o incluso menos seguro y
  • • lo llevó a un concesionario autorizado por el fabricante de California para reparaciones

¿CUÁLES SON LAS PRESUNCIONES DE LA LEY LIMÓN DE CALIFORNIA?

La Ley de Protección al Consumidor de Tanner establece las circunstancias en las que se presume que su vehículo es un limón.

Cuando presenta un reclamo de la ley limón, usted (y su abogado) deben demostrar que su vehículo es un limón para ganar el caso. Sin embargo, si se verifica que su vehículo es un limón, entonces la carga de la prueba se transfiere al fabricante para demostrar que su vehículo no es un limón.

Se puede suponer que su vehículo es un limón si después de las primeras 18,000 millas del vehículo, o los primeros 18 meses después de que el vehículo se vendió nuevo por primera vez, lo que suceda primero, ocurre uno de los siguientes:

  • Aparece un defecto en el vehículo que puede causar lesiones o la muerte, y el vehículo ha sido llevado a reparar por ese defecto al menos dos veces.
  • Aparece un defecto en un vehículo, y el vehículo ha sido llevado a reparar por ese defecto al menos cuatro veces.
  • Aparece un defecto en un vehículo, y el vehículo está en el taller de reparación por ese defecto durante más de 30 días acumulados.

Para que las presunciones surtan efecto, debe haber pasado por un arbitraje y haber recibido un resultado desfavorable.

MI VEHÍCULO TIENE MÁS DE 18 MESES O TIENE MÁS DE 18,000 MILLAS. ¿AUN PUEDO PRESENTAR UN RECLAMO?

¡Por supuesto! Esos límites de tiempo y millas solo se aplican a las presunciones bajo la Ley de Protección al Consumidor de Tanner. No determinan cuándo puede presentar un reclamo de la ley limón bajo la Ley Song Beverly.

Si tiene un vehículo que tiene más de 18 meses, o tiene más de 18,000 millas, o ambos, aún puede presentar un reclamo de la ley limón contra su fabricante.

La Ley Limón de California requiere que los problemas del vehículo o la primera visita de reparación ocurran mientras el vehículo aún está bajo garantía, y que el fabricante de automóviles o el taller de reparación autorizado no haya podido solucionar esos problemas dentro de un número razonable de intentos de reparación.

¿CUÁNTO CUESTA CONTRATAR UN ABOGADO DE LA LEY LIMÓN?

No paga ningún costo por adelantado o de su bolsillo por nuestros servicios.

Nuestro bufete de abogados opera de forma contingente, lo que significa que solo nos pagan si gana su caso. Si gana, el fabricante es responsable de cubrir los honorarios y costos de sus abogados. Si pierde, no ganamos dinero con su caso.

¿CUÁNTO TIEMPO TENGO PARA PRESENTAR UN RECLAMO DE LA LEY LIMÓN?

El límite de tiempo que tiene para presentar un reclamo se llama “estatuto de limitaciones”.

Según la Ley Limón de California, el estatuto de limitaciones es de cuatro años después de que descubre por primera vez que su vehículo es un limón. Una vez transcurridos esos cuatro años, ya no puede presentar un reclamo.

 

¿Cree Que Tiene Un Limón?

Cuéntenos acerca de usted
Cuéntenos acerca de su vehículo

Al enviar este formulario, acepta que lo contactemos por teléfono, mensaje de texto o correo electrónico con respecto a su reclamo.