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¿Puedo presentar un reclamo de la ley limón si ya he vendido o intercambiado en mi vehículo?

Si ha tenido un vehículo con problemas recurrentes, es posible que se haya preguntado “¿es mi vehículo un limón?” Alternativamente, es posible que haya declarado que el vehículo no se debe y se ha preguntado: “¿Cuál es la forma más rápida de deshacerse del vehículo?” Es comprensible que un propietario o arrendatario de un automóvil aparentemente no se pueda lavar el problema lo más rápido posible.

Ahora, podría preguntarse: “¿Puedo presentar un reclamo de la Ley Limón si ya he vendido o cambiado en mi vehículo?” Ya sea que ya haya vendido o intercambiado en su vehículo, o haya encontrado otra forma de deshacerse de él, puede preguntarse si es elegible para la restitución bajo la Ley Limón. La respuesta corta es sí, puede presentar un reclamo de Ley Limón en California, incluso si ya ha vendido o negociado en el vehículo.

La Ley Limón de California no requiere que aún posea o arrienda el vehículo. La Ley Limón de California protege a los consumidores que han comprado o alquilado un vehículo defectuoso, independientemente de si aún lo posee. Lo que importa principalmente los hechos que rodean los defectos del vehículo. Mientras el defecto apareció por primera vez dentro del período de garantía y le dio al fabricante de automóviles un número razonable de oportunidades para reparar su vehículo, tiene el derecho de perseguir un reclamo de la Ley Limón.

Una advertencia es que es posible que no tenga la oportunidad de inspeccionar el vehículo, ya que las inspecciones de vehículos pueden ayudarlo a reunir evidencia del defecto de su vehículo.

Si vendió el vehículo a otra persona, es posible que aún tenga derecho a presentar un reclamo bajo la Ley Limón de California. Sin embargo, la persona a la que vendió ese vehículo puede no tener el mismo derecho, ya que se lo compró en una venta privada.

Si cambió su vehículo al fabricante, es posible que aún tenga derecho a presentar un reclamo de Ley Limón.

Cualquiera que sea el caso, deberá reunir la documentación necesaria para su reclamo de Ley Limón. Esto significa prueba de propiedad (significa prueba de que había sido propietario del vehículo), el acuerdo de ventas o arrendamiento, y las órdenes de reparación que recibió al final de cada visita de reparación.

Estos documentos proporcionarán una línea de tiempo clara de los eventos con respecto a los defectos de su vehículo y sus intentos de resolver el problema.

Si tiene más preguntas sobre la búsqueda de un reclamo de la Ley Limón cuando ya no tiene el vehículo, llame a nuestros abogados de la Ley Limón para una consulta gratuita. Podemos alcanzar las 24 horas del día, los 7 días de la semana con 877-217-7676.


Ayuda Ley Limón es una firma de abogados especializada en leyes sobre vehículos defectuosos que exclusivamente trabaja en California. Si usted es un residente de California que compró o arrendó un vehículo defectuoso en un concesionario con licencia en California, es posible que podamos ayudarlo a deshacerse de su posible “limón” y obtener una compensación económica significativa. Se aplican restricciones de año modelo: solo se incluyen modelos de vehículos desde 2017 hasta la actualidad.

Sin embargo, no podemos ayudar a aquellos que residen fuera de California o que compraron su vehículo fuera de California, a menos que sean miembros en servicio activo de las Fuerzas Armadas, ni podremos derivarlos a un bufete de abogados de leyes de vehículos defectuosos en sus estados. Para obtener más información sobre la Ley de Limón de California y sus derechos legales, visite nuestras guías sobre la Ley Limón de California y la Ley Limón para Automóviles Usados para obtener más información.

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